miércoles, 7 de septiembre de 2016
Desmontando mitos: sólo el 0,014% de las denuncias por violencia machista son falsas
La Fiscalía General del Estado abrió 18 causas por
falsa acusación contra otras tantas mujeres, de un total de 129.292 denuncias
presentadas en 2015 por malos tratos, según refleja la Memoria presentada con
motivo de la Apertura del Año Judicial.
El CGPJ analiza 500 sentencias que desmontan "el
mito" de las denuncias falsas en violencia de género.
Mitos sobre la violencia de género
La nueva memoria de la Fiscalía General del Estado
(FGE) despeja todas las incógnitas en lo referente a las denuncias falsas por
violencia machista: de las 129.292 denuncias presentadas en 2015 por malos
tratos, se han tramitado 18 causas por denuncia falsa, lo que supone sólo el
0,014% del total.
De las 18 causas abiertas por denuncia falsa, en 8 de
ellas el juez acordó el archivo o sobreseimiento provisional; otros 8
procedimientos siguen en tramitación y en 2 se ha dictado sentencia
condenatoria (una de ellas con conformidad).
Según recoge la Memoria anual de la FGE, durante el
pasado año hubo 144 retiradas de acusación en procedimientos abiertos por
supuestos malos tratos en el ámbito de la pareja o expareja.
De ellos, en 58 casos, el 40,27% se fundaron en la
presunción de inocencia del acusado -artículo 24 de la CE- y de estas, en 17
ocasiones, el Ministerio Fiscal consideró que la denuncia podía ser falsa,
solicitando el testimonio contra la denunciante (29,31%). Otras 74 acusaciones
(51,38%) tienen su origen en la falta de prueba ya que la víctima se acogió a
la la dispensa de declarar contra el cónyuge que ampara el artículo 416 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). Por último, en 12 casos la retirada se
basó en otros motivos (8,33%).
Los datos obtenidos demuestran el escaso porcentaje
de causas procesadas por delito de acusación y denuncia falsa desde 2009 a 2015
–164– en relación al número de denuncias interpuestas –913.118–, que supone un
0,0079. Además, de las 63 sentencias condenatorias, 35 de ellas lo han sido por
conformidad de la acusada, es decir el 55,55 %.
En el pasado 2015, la FGE refleja un procedimiento
por presunto delito de obstrucción a la justicia -la mujer víctima y testigo no
compareció al reiterado llamamiento judicial- y 3 procedimientos iniciados por
deducción de testimonio efectuadas por el Juzgado Penal contra la mujer por
presunto delito de falso testimonio.
En dos ocasiones, el imputado fue condenado por un
delito de maltrato y un delito de quebrantamiento respectivamente; en el otro
supuesto, el Juez absolvió al acusado de los delitos referidos aunque, en su
opinión “existen indicios serios de carácter incriminatorio” por lo que dedujo
testimonio contra la mujer por si hubiera mentido en el acto del juicio oral.
Durante el pasado año, la Memoria anual de la FGE
recoge 77 sentencias dictadas por delitos contra la vida, de las que 71 fueron
condenatorias y seis absolutorias. De las primeras, 33 lo han sido por
asesinato consumado, siete por asesinato intentado, seis por homicidio
consumado y 25 por homicidio intentado.
En 27 ocasiones, la condena por delito de asesinato
se debe a una de las circunstancias agravantes específicas, la alevosía,
mientras que por concurrir ambas circunstancias, la alevosía y el ensañamiento,
se han condenado en 13 ocasiones, lo que supone que en el 56,34% del total de
las sentencias condenatorias se ha apreciado la alevosía, que revela el
aprovechamiento por parte del autor de la indefensión en que se encuentra la
víctima; mientras que en el 18,31% de las casos se ha apreciado la
circunstancia de ensañamiento.
Los nuevos instrumentos
La memoria anual de la Fiscalía General del Estado
evalúa, por otra parte, los nuevos instrumentos implantados en 2015 para la
mejora de la protección de las víctimas. Por ejemplo, en el caso del protocolo
médico forense de valoración urgente del riesgo de violencia de género, sólo se
han emitido exclusivamente 421 informes de conformidad con el protocolo, lo que
refleja un uso escaso.
En cuanto a las oficinas de atención a las víctimas,
la FGE señala que su implantación y funcionamiento es desigual en todo el
territorio nacional ya que, “aunque existen en todas las Comunidades Autónomas
y provincias, no existen en todos los partidos judiciales; además, en algunos
de ellos, como en Madrid, por su ubicación y distancia de la sede de los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer y Juzgados de lo Penal especializados, se
detecta una carencia importante en la atención y apoyo a las víctimas de
violencia de género”.
016. Teléfono de atención a víctimas de violencia de
género. Es gratuito y no deja rastro en la factura
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