domingo, 20 de marzo de 2016

Día de la Visibilidad Trans: la identidad como derecho desde la cuna

En el Día de la Visibilidad Trans, África Pastor de la Fundación Daniela vuelve al blog. Con ella, y gracias al trabajo que su organización junto con otras están haciendo, celebramos esta fecha y los avances que se van dando.

Hace unas semanas nos levantamos con una noticia maravillosa: se ha conseguido el segundo cambio registral en España de nombre y  sexo de un menor.

El artículo 1º de la Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al género de las personas (Ley 3/2007, de 15 de marzo) parece legitimar sólo a los mayores de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del género. Sin embargo, la interpretación que la Jueza encargada del Registro ha hecho de ese artículo ha sido clave para lograr esta resolución al incorporar la tesis que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia expuso el pasado 15 de noviembre en su Auto: cabe suplir esta falta de capacidad del menor compareciendo en el expediente a través de quienes ejercen la patria potestad, en este caso, sus padres.

La Defensora del Pueblo (Dª Soledad Becerril) en pública manifestación ha solicitado del Ministerio de Justicia que dicte instrucciones con el objeto de facilitar la “rectificación” del nombre propio de los niños y niñas transexuales para que concuerde con su identidad de género, y de esta forma proteger tanto el interés superior del menor como su seguridad jurídica:

La identificación pública con el nombre registrado en discordancia con el nombre que refleja su identidad provoca en los menores transexuales un malestar que puede ser perjudicial para su desarrollo personal”, alega la Defensora en su informe anual, presentado esta semana ante las Cortes Generales.

Sus recientes manifestaciones están en concordancia con las recomendaciones que se vierten en la Resolución 2048/2015 del Consejo de Europa, en lo que concierne al reconocimiento jurídico del género en la que -en palabras del despacho “Vivar&Asociados”, encargados de llevar estos dos casos- el Consejo de Europa insta a los países a:

A instaurar procedimientos, rápidos, transparentes y accesibles, fundados en la autodeterminación, que permitan a las personas transexuales cambiar el nombre y el sexo sobre los certificados de nacimiento, los documentos de identidad, los pasaportes, los diplomas y otros documentos similares: a poner los procedimientos a disposición de todas las personas que quieran edad, el estado de salud, la situación financiera o de una condena pasada o presente.

Gran parte del logro de esta resolución se debe a a las reivindicaciones sociales en nuestro país se ha ido teniendo en cuenta la identidad de genero*. Sin embargo, a nivel estatal, falta un ley integral sobre la identidad de genero que sea de aplicación a todo el territorio nacional y que armonice y complemente la legislación autonómica que existe actualmente.
La regulación de la identidad de genero o de la transexualidad por la Ley 3/2007 modifica la mención registral relativa al sexo de la persona. Pero la identidad de la persona implica mucho más que una rectificación registral, como por ejemplo:

la existencia de un derecho a la propia identidad sexual y de genero,
la atención integral de la salud de las personas transexuales, los incentivos a la investigación en el área de la transexualidad,
las campañas y acciones de lucha contra la transfobia,
la creación de un servicio de asesoramiento jurídico y de apoyo psicológico y social a los familiares de la persona transexual, y
el diseño de una política de discriminación positiva en el empleo y en otros ámbitos jurídicos y sociales.

Esta Ley no hace mención a los menores transexuales, ni a los extranjeros transexuales y su reconocimiento en nuestro Derecho.

Es importante recalcar que falta una penalización especifica de la transfobia en el Código Penal, así como una norma que asegure un tratamiento adecuado de las personas transexuales en los Centros Penitenciarios.

Las Comunidades Autónomas decidieron regular esas carencias, el resultado ha sido:

La Ley Foral 12/2009 de Navarra,
la Ley 14/2012 del País Vasco,
la Ley 2/2014 de Andalucía,
la Ley 12/2015 de Extremadura, y
la Ley 8/2014 de 28 de Octubre de Canarias.

En estas leyes se establecen disposiciones sobre la actuación de los poderes políticos en la defensa de los derechos del colectivo transexual y las medidas que se deben adoptar en los ámbitos de la justicia y de la seguridad, laboral, familiar, de la salud, de la educación, de la cultura y del ocio, de la juventud y de la comunicación para la promoción de la igualdad visibilidad y no discriminación al colectivo transexual.

Se hace referencia especifica a la situación de los menores transexuales, adolescentes y personas mayores. Se establece un sistema de reconocimiento y protección de sus derechos.

Las personas beneficiarias de estas leyes son las personas residentes en cada una de las Comunidades Autónomas, así que las personas transexuales dependiendo de la comunidad autónoma en la que vivan recibirán un trato u otro, por eso es tan importante que exista una Ley Integral a nivel estatal.

Los niños, niñas y adolescentes transexuales necesitan tener derechos como cualquier otro, entre ellos:

derecho a utilizar libremente el nombre que hayan elegido, que debe ser reflejado en su documentación legal, en la documentación administrativa del centro académico, en los listados de alumnos y calificaciones académicas;
derecho a poder recibir tratamiento médico relativo a su transexualidad, especialmente la terapia hormonal si así lo desean; y
derecho a no sufrir discriminación por motivos de identidad de género, para ello se necesitaran programas de sensibilización sobre los derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, programas de capacitación dirigidos a docentes y estudiantes.

Nuestra campaña #DerechoASerQuienSoy va más allá parece que se fija en un solo objetivo que es la rectificación registral de los niños, niñas y adolescentes trans. 

Necesitamos el apoyo para hacer llegar a esa parte de la sociedad que todavía no logra entender que la transexualidad forma parte de la diversidad humana, que no es ni un capricho ni una moda ni una opción, que es una realidad. Esta ley es vital para nuestrxs hijxs y para todas las personas trans.

Seguimos necesitando  el apoyo de toda la sociedad para que estas noticias tan maravillosas dejen de serlo y se conviertan en lo que realmente son, UN DERECHO FUNDAMENTAL DE TODO SER HUMANO.


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