Hasta las 14 semanas de gestación se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo, y de manera excepcional y hasta la semana 22, si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada, y si hubiera graves anomalías en el feto, a partir de aquí sólo cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable.
Un Comité Clínico autorizará la intervención en los casos excepcionales cuando existan enfermedades extremadamente graves e incurables.
La IVE se garantizará dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para que sea una prestación pública y gratuita. El Estado velará por el cumplimiento efectivo de estos derechos a través de la Alta Inspección Sanitaria.
14 de mayo de 2009.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Igualdad, el anteproyecto de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Plazos y supuestos
Hasta la semana 14 de gestación, la mujer podrá interrumpir el embarazo libremente, siempre que, como mínimo tres días antes de la interrupción, haya recibido información sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisión. “Garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo dentro de las primeras catorce semanas”, ha manifestado Aído.
De manera excepcional hasta la semana 22 la mujer podrá interrumpir el embarazo sólo en dos supuestos: si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomalías en el feto. En los dos casos, deberá acompañar un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.
A partir de aquí sólo un Comité Clínico podrá autorizar una interrupción a petición de la embarazada, cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable. En este supuesto, ha dicho la titular de Igualdad, “se eleva el nivel de garantías y se exige que sea un comité clínico pluridisciplinar quien autorice la interrupción del embarazo tras el diagnóstico”.
La Interrupción Voluntaria del Embarazo, además, se garantizará dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para que sea una prestación pública y gratuita. El Estado además velará por el cumplimiento efectivo de estos derechos a través de la Alta Inspección Sanitaria.
Con la nueva Ley ninguna mujer podrá ser penada con cárcel por interrumpir su embarazo. “Pero esto no quiere decir, ha asegurado Aído, que las prácticas ilegales queden impunes”.
Por último, en la disposición final segunda del Anteproyecto, se plantea la modificación de la Ley de Autonomía del Paciente para equiparar la Interrupción Voluntaria del Embarazo al resto de prestaciones sanitarias, donde la mayoría de edad para decidir se sitúa en 16 años. “Se trata –ha señalado Aído- de dar coherencia al marco jurídico y desde luego, de evitar intervenciones clandestinas”.
El Anteproyecto debe ahora pasar al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo Fiscal que deberá emitir su informe preceptivo. Después el Consejo de Ministros, tras las modificaciones que estime oportunas, lo aprobará como Proyecto de Ley y lo enviará al Parlamento para su tramitación y aprobación, que por tratarse de una Ley Orgánica, exige del apoyo de la mayoría absoluta de ambas cámaras.
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