lunes, 4 de abril de 2016
El Supremo cuestiona ante el TC si el cambio de identidad sexual debe exigir más de 18 años
La ley reguladora de la rectificación registral
impone que para cambiar ese dato la persona afectada debe ser mayor de edad.
El Supremo cuestiona ante el TC si el cambio de
identidad sexual debe exigir más de 18 años. La modificación de la identidad
sexual, a debate.
El Tribunal Supremo ha preguntado al Constitucional
si es acorde con la Constitución el artículo 1 de la norma que regula el cambio
de identidad sexual en el Registro Civil, el cual exige la mayoría de edad para
efectuar dicha modificación.
La ley reguladora de la rectificación registral
relativa al sexo de las personas impone que para cambiar ese dato la persona
afectada tenga más de 18 años.
La Sala de lo Civil del Supremo ha presentado un auto
ante el Constitucional defendiendo que las personas menores de edad son
titulares de derechos fundamentales y pueden defenderlos con una justificación
adecuada y en proporción a su madurez.
Se trata del caso de un joven de 14 años que tiene
escritos médicos y el apoyo de sus padres en su favor y el suficiente grado de
madurez, según aprecia el tribunal, pero al cual la ley no permite efectuar el
cambio, lo que ha llevado a la sala a cuestionar ante el TC si la norma es
acorde con la Constitución.
Etiquetas:
derechos sexuales,
identidad
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