lunes, 21 de septiembre de 2015
Una pareja de mujeres demanda a Sanidad por negarles la inseminación
Un matrimonio de mujeres ha demandado al Ministerio de Sanidad por
negarles el tratamiento de reproducción asistida que necesitan para ser madres.
Tania y Verónica –nombres supuestos de las demandantes, que no han querido
hablar con los medios de comunicación– alegan que la limitación impuesta por el
Gobierno en octubre de 2014 atenta contra la igualdad y es
anticonstitucional, según afirma su abogada, Carmen de Miguel, directora legal
regional de Women’s Link, la organización que les ha dado apoyo.
Las limitaciones a la prestación de la reproducción asistida derivan del
real decreto de abril de 2012 que se dictó para recortar 7.000 millones en el gasto sanitario público. En
concreto, esta partida debía suponer 54 millones. El texto restringía el
acceso a estas técnicas a "aquellas personas con imposibilidad de
conseguirlo [el embarazo] de forma natural". Y se especificaba que esto
podía deberse a "un trastorno documentado de la capacidad
reproductiva" o a "ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo
12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos
anticonceptivos".
Con ello dejaba fuera a mujeres solas que quisieran
inseminarse, o a parejas de lesbianas que desearan ser madres, ya que se les exigía
haber mantenido coitos vaginales (por tanto, con un hombre).
La entonces ministra de Sanidad, Ana Mato, justificó este recorte alegando que "la falta de varón no es un
problema médico", con las consiguientes protestas de organizaciones de
mujeres. Para las que quisieran ser madres sin tener que alegar que el coito
vaginal con un hombre no les funcionaba, quedaba solo la opción de acudir a una
clínica privada.
El caso de Tania y Verónica es, por un lado, representativo de esta
situación, y, por otro, algo especial. Tania había comenzado ya el tratamiento
en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid, y se había sometido a un ciclo que no
había logrado el embarazo. Un mes después de la publicación en el BOE de la
orden ministerial de octubre de 2014 que desarrollaba el decreto de recortes
sanitarios de 2012, las mujeres fueron informadas en el centro sanitario de que
quedaban excluidas del programa de reproducción asistida. Tras sus quejas y la
presentación de la demanda, en mayo de 2015 la clínica les informó de que
reevaluaría todos los casos, con lo que están de nuevo en tratamiento.
Las demandantes han presentado varios peritos que apoyan su pretensión.
El informe del ex-ministro de Sanidad Bernat Soria y la médica Verónica Juan
señala que “negar un proceso de fertilización in vitro a una ciudadana, en base a razones que no son de tipo
médico o biológico, puede suponer un daño irreparable en sus derechos
reproductivos, carece de bases médicas y es una forma de opresión ideológica y
negación de derechos de quienes no comparten tu forma de pensar". En este
caso no hay un impedimento médico (lógicamente, el tratamiento no se ofrece a
quienes se hayan esterilizado voluntariamente o presenten una contraindicación
médica para el embarazo o el desarrollo del feto, como refleja la orden
ministerial).
Santiago Barambio, expresidente de la Asociación de Clínicas Acreditadas
para la Interrupción del Embarazo (ACAI), ha afirmado en el juicio que la orden
“no contempla los distintos modelos de familia. La pérdida de la oportunidad de
ejercer una reproducción que es posible, especialmente si ello es por un acto
de discriminación, puede perjudicar la estabilidad de la salud psíquica de
quien sabe que tiene la potestad de ser madre".
Esto último es importante, ya que las demandantes han mantenido su
acción ante la justicia a pesar de haber reiniciado el tratamiento, y ello se
debe "a los daños morales y patrimoniales" que su exclusión del
programa les produjo, afirma su abogada, Carmen de Miguel. "Hubo un daño
psicológico durante los seis meses que pasaron hasta que las aceptaron de nuevo
y gastaron dinero ya que fueron a centros privados" para ser madres,
añade.
Una portavoz de Sanidad, que ahora dirige Alfonso Alonso, ha declarado
que "lo único que se hizo con aquella orden fue clarificar y unificar los
criterios para la aplicación de las técnicas de reproducción asistida", y
que ello se hizo "basado en la evidencia y los criterios científicos".
En un comunicado, el hospital ha manifestado que "realiza su
actividad asistencial y no asistencial manteniendo, como no puede ser de otra
forma, un escrupuloso respeto a la legalidad vigente", y que todos
"son atendidos por igual al margen de su condición u orientación
sexual". En el caso en concreto de Tania y Verónica confirma que se les
informó del cambio en la situación legal, y que en abril de este año se les
ofreció otro tratamiento. Además, insiste en que "las pacientes no han
sufrido ningún retraso en su tratamiento respecto al resto de casos a los que
en principio no afectaba la norma estatal".
Lo que no explica el hospital es por qué se cambió de opinión y decidió
reanudar el tratamiento. La abogada de la pareja opina que se debió a la presión
de la demanda. Fuentes sanitarias creen que pudo deberse a que la Comunidad de
Madrid no cerró claramente el acceso a este tratamiento porque no adaptó la
norma estatal más allá de indicar que la iba a acatar.
La Federación Estatal de
Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales FELGTB), que envió a una
representante al juicio para apoyar a las demandantes, ha dicho en un
comunicado que es "necesario expandir la igualdad de derechos a todas las
mujeres y a todas las autonomías" el acceso a la maternidad.
Etiquetas:
derechos reproductivos,
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